En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a la ciudadana GINA MARINELA D´AMBROSIO ALVARADO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacida en fecha 10-07-1970, de 37 años de edad, estado civil soltera, profesión u oficio del hogar, hija de Antonio D´Ambrosio y Aura Violeta de D´Ambrosio, residenciada en Av. Mazanillo, calle 12, casa Nro. 103-B, Maracaibo, Estado Zulia, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.405.940, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las .....