D I S P O S I T I V O
Por las razones antes expuestas, TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE a la acusada, SANDOVAL CACERES ADRIANA KAROLINA, de nacionalidad venezolana, natural de El Nula, estado Apure, nacida el 26 de junio de 1991, titular de la cédula identidad N° V-20.520.400 , de ocupación u oficios del hogar, de estado civil soltera, domiciliada en el Piñal por la parte de atrás del Hospital casa S/N, por el delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: CONDENA a la acusada SANDOVAL CACERES ADRIANA KAROLINA ya identificada a cumplir la pena de ocho (08) años de prisión así como, a las penas accesorias de l.....