En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA de DIEZ (10)AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 en su encabezamiento de la Ley Orgánica de Droga, impuesta mediante sentencia firme a la ciudadana penada SANDRA PATRICIA PEREIRA PINZON, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, Natural de Santa Ana, Estado Táchira, donde nació en fecha 09-06-1989, de 25 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Administradora, residenciada en la Puente Real, Pasaje Yagual, casa Nro. 10-76, San Cristóbal Estado Táchira y titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-19.502.969, conforme a lo previsto en el .....