En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Germán Rolando Peñaranda Rodríguez, coapoderado judicial de la demandante Maura Mora de Sánchez, mediante diligencia de fecha 20 de octubre de 2014.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por Maura Mora de Sánchez en contra del ciudadano Domiciano Sánchez Troconis, con fundamento en la causal establecida en el ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos en fecha 17 de enero de 1.980, por ante el Registro Civil de la Parroquia Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, según acta de matrimonio No. 005.
TERCERO: Queda REVOCADA la sentencia.....