CONDENA a la acusada IDENTIDAD OMITIDA, por encontrarla penalmente responsable de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES tipificado en el artículo 416 del actual reforma del Código Penal y en consecuencia se le impone como sanción definitiva a cumplir simultáneamente: LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS (6) MESES, conforme a los artículos 626 y 624 todos de la LOPNA, tomándose en cuenta para las Reglas las sugeridas por la Fiscalía en capítulo anterior.