DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ANGEL CUSTODIO RUEDA, venezolano, mayor de edad, metalúrgico, titular de la cédula de identidad N° V-3.792.470, de este domicilio, contra la ciudadana BLANCA ROSA CACERES, venezolana, mayor de edad y de este domicilio. En efecto; se acuerda:
PRIMERO: Se le ordena a la parte demandada a entregar a la parte demandante el inmueble objeto de la acción constante de un apartamento, el cual forma parte de la segunda planta de una vivienda, propiedad del ciudadano ANGEL CUSTODIO RUEDA, ya identificado, ubicado en El Mirador, Vía Rubio, Kilómetro 1, casa número 23, sector Lagunillas, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y entregarlo en las buenas condiciones en que lo recibió, totalmente desocupado de personas y cosas, solvente en todos los servicios públicos.