Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Niega, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la expedición de dos constancias que indiquen desde cuándo está privado de libertad, el adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LOPNA), en virtud que sería violatorio del derecho que tiene al Honor, Reputación, Propia Imagen, Vida Privada e Intimidad Familiar. SEGUNDO: Se le hace del conocimiento al Defensor Privado Abogado Luis Orlando Ramírez Carrero, que en esta misma fecha, se revisó la medida cautelar decretada a su defendido, en fecha 08 de mayo de 2009, disminuyendo las sesenta (60) unidades tributarias a treinta (30) unidades tributarias y mantuvo las restantes condici.....