Declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional recibida en esta Corte de Apelaciones en fecha 08 de junio de 2006 e interpuesta por los Abogados ANDRES PUGA, JUAN BARRIOS y EDGAR TOLEDO, actuando en su carácter de defensores de los ciudadanos LEOMAR AYMER BRICEÑO RADA, EDGAR MANUEL TOLEDO MAIGUEL y JORGE ADALBERTO PEREZ MENDOZA, contra la Juez Quinto de Control Circunscripcional, ello por no darse los supuestos legales de procedencia a que se refiere el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.