Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Condena al ciudadano LUIS ALBERTO GONZÁLEZ RANGEL, suficientemente identificado, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, en el establecimiento carcelario que designe el Ejecutivo Nacional, por la comisión del delito de de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 405 del Código Penal, más la accesorias de ley, descritas en el artículo 13 ibidem. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.