PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente procedimiento de Consignación de Pago mediante el pago de la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS CUATRO BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs.F. 3.404,17), suma ésta consignada en la Cuenta de Ahorro N° 0007-0001-14-0060214576 de Banfoandes, cuyo beneficiario es el Ciudadano JOSÉ ASDRUBAL RINCÓN GARCÍA, que comprende lo correspondiente a liquidación de prestaciones sociales y que reposa en la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) de esta Coordinación Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y declaran que nada quedan a deberse por ninguno de los derechos y beneficios laborales que le corresponden al ex-trabajador, derivados de la terminación de la relación laboral que les unió, con lo cual dan por extinguida la deuda por concepto de prestaciones sociales a favor de la parte oferida. Este Tribunal visto que la med.....