PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la ciudadana CARMEN LUISA GIL HERNÁNDEZ, en contra del auto de fecha 07 de mayo de 2019 emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
TERCERO: se ordena el pago de los salarios dejados de percibir por la ciudadana CARMEN LUISA GIL HERNÁNDEZ, desde su desincorporación hasta la supresión de la parte patronal Fundatáchira, conforme a lo dispuesto en la motiva del presente fallo
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS
Por ser este Tribunal la Alzada en materia Contenciosa Administrativa y no existir Recurso alguno contra el fallo dictado en segunda instancia, se ordena la remisión inmediata del presente expediente a la Coordinación
Notifíquese mediante oficio al Procurador General del.....