Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Perención de La Instancia en la presente causa de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por el ciudadano JULIAN ACOSTA GODOY, asistido por el abogado en ejercicio, Carlos Alexander Colmenares Mora.
SEGUNDO: Extinguido el Proceso Judicial.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: Notifíquese mediante boleta, a la Parte Accionante, así como a la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público en el estado Táchira, la presente decisión. Líbrese el exhorto correspondiente, al Juzgado del Municipio Pedro María Ureña, de esta Circunscripción Judicial.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellad.....