D I S P O S I T I V O
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en contra de los ciudadanos DIANA CECILIA MALDONADO CARREÑO, quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta, Norte de Santander, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía Nº 60.442.537, de 29 años de edad, nacida el 16 de octubre de 1980, profesión u oficio servicio doméstico, hijo de Constantino Maldonado (v) y de Graciela Carreño (v), de estado civil soltero, residenciada en Villa del Rosario, Cúcuta, República de Colombia, sin residencia fija en el territorio nacional y CARLOS EDUARDO CALDERÓN GANZÓN, quien dice ser de nacionalidad colombiano, natural d.....