este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de NULIDAD DE CONTRATO intentada por la ciudadana YRIS MARLENE GUTIERREZ DIAZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.643.720, contra los ciudadanos MARISOL GUTIERREZ DIAZ, JULIO CESAR GUTIERREZ DIAZ, CESAR HUMBERTO GUTIERREZ DIAZ Y LUIS GERARDO GUTIERREZ ADRIAN, titulares de las cédulas de Identidad Nos V- 9.996.214, V-11.639.133, V-7.995.321, V-4.120.785, respectivamente. SEGUNDO: Se condena a la parte demandante al pago de las costas por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Al haber sido dictada la presente decisión fuera de sus lapsos naturales, se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 233 y 2.....