PRIMERO: Se LEVANTA LA MEDIDA DE RETENCIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES, acordada por este Tribunal en fecha 23 de Septiembre de 2005.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el literal "c " del artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, del monto total de las prestaciones sociales del ciudadano HENRY ALEXANDER ZAMBRANO PEREZ, SE DESTINA la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 1.875.000,00), con la finalidad de garantizar las pensiones futuras y demás gastos que comporta la manutención de la niña PATRICIA ZARALETH, dicho monto comprende veintisiete (27) mensualidades, una (01) quincena y cuatro (04) cuotas extraordinarias; y el monto restante, es decir, la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 1.934.186,56), deberá ser entregado al obligado alimentista HENRY ALEXANDER ZAMBRANO PEREZ, ya identificado.
Para hacer efectivo el cump.....