PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00), cantidad que comprende los conceptos reclamados en la demanda, derivados de la terminación de la relación laboral que existió entre las partes y que la parte demandada se compromete a pagar así: La cantidad OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 8.000,00) el día 21 de febrero de 2011 y la segunda y última cuota por la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,00) el día 21 de marzo de 2011, pagos que serán efectuados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los conceptos reclamados en la demanda, razón por la cual dan por extinguida la deuda por concepto de prestaciones sociales a favor de la demandan.....