PRIMERO: Se REVOCA la designación de la abogada en ejercicio MARILIA ALMARI GUERRERO RIVAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 98.732, como Defensora Ad-Litem del FONDO DE COMERCIO INDUSTRIAL WENDY, identificado en autos.
SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA al estado de citar nuevamente a la parte demandada, a los fines de dar contestación a la demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.