Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano NELSON SANCHEZ CONTRERAS, quien manifestó: "Que ofrezco como obligación de manutención la cantidad de doscientos bolívares (Bs. 200ºº) y cuotas extraordinarias para el mes de agosto en la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs. 400ºº), cantidades que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribual en Banfoandes y de la cual estoy tomando debida nota y en el mes de diciembre me comprometo a comprarle la ropa de esa temporada para mis hijos. Así mismo informo que la dirección de la finco donde trabajo es Chorrosquero Estado Apure y mi patrón es el ciudadano José Castillo, y el teléfono fijo es 0278- 415-44-77". Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana DILIA ALVERNIA FRANCO, quien manifestó: "Que esta de acuerdo con lo ofrecido por el padre de sus hijos y que cumpla con responsabilidad y puntualidad" Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO.....