este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En tal virtud, SE LEVANTAN la medida PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 26 de octubre de 2000 y comunicada en esa misma fecha mediante oficio Nº 791; y la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO decretada en fecha 11-02-2005, practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, en fecha 14-03-2005, y comunicada por el mismo, mediante oficio Nº 146 de fecha 16-03-2005, sobre un lote de terreno propio con mejoras, ubicado en la Cuesta del Trapiche, .....