III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto en fecha 08 de junio de 2005, por el Abogado Hugo Alexander Mora Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 26.204, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada empresa mercantil Comunitel de Venezuela S.A, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 07 de junio de 2005.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA propuesta por el ciudadano Gustavo Adolfo Castillo Guerrero, Venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula Nº. 10.151.211, contra la empresa Comunitel de Venezuela S.A , inscrita.....