Por lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada, en consecuencia, la Partida de Nacimiento Nro. 1231, de la niña ANYELA PAOLA MEDINA DUARTE, de fecha 24 de noviembre de 1.994, expedidas por la Prefectura del Municipio Ayacucho y el Registro Principal del Estado Táchira, DEBERÁN QUEDAR RECTIFICADAS, en el sentido que donde dice "ANGELA" debe aparecer "ANYELA".