En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Néstor Eduardo Guerrero Sánchez obrando en nombre propio y con el carácter de administrador principal de la Estación de Servicio Las Américas S.R.L, asistido por el abogado Julio Enrique Torre Rivas, contra el auto de fecha 11 de agosto de 2005 dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.