Por las razones antes expuestas y de lo alegado y probado en autos, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: SIN LUGAR la demanda que por divorcio intentada por el ciudadano ANDY ABAD GUILLEN ROSALES en contra de la ciudadana KARIN DELIMAR MORA DE GUILLEN identificados en autos, con fundamento en las causales 2º y 3º del Artículo 185 del Código Civil. Regístrese, publíquese y Expídase copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil seis. Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación