Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Aumento de la obligación de manutención presentada por la ciudadana: ANA SILVIA CAMARGO BUITRAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.146.800, a favor de sus hijos: ENMANUEL JOSÉ y los niños: TATIANA SOLIMAR, JOSÉ ALEXANDER y JUNIOR RAFAEL ZAMBRANO CAMARGO, y decide:
PRIMERO: Se establece como monto de la obligación de manutención la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.500,00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el doble del monto de la obligación de manutención es decir la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000.00), a fin de cubrir gastos de útiles escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de diciembre de cada año el d.....