DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia. SEGUNDO: Declara MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD establecidas en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal a favor de: EDUARDO JOSE NUÑEZ FUENMAYOR por ser el presunto autor y responsable de los delitos de VIOLENCIA FISICA, PSICOLOGICA, PATRIMONIAL Y ECONOMICA, previstos y sancionados en los Artículos 42, 39 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ELEIDA DEL CARMEN CHACIN FINOL. TERCERO: DECRETA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SE.....