Vista la diligencia de fecha 26 de noviembre de 2024, inserto en el folio (61 y vuelto), se presentó por ante este Tribunal, el ciudadano Abogado DAVID MARCEL MORAL LABRADOR, con Inpreabogado bajo el Nro. 52.882, en su condición de apoderado judicial, tal como se evidencia en el Instrumento-Poder, Autenticado en la Notaria Novena de Maracaibo del estado Zulia en fecha 23 de septiembre de 2004 de la Sociedad Mercantil "C.A MAFARTA", con domicilio en la ciudad de San Cristóbal, estado Táchira, debidamente Protocolizada por ante el Registro de Comercio que se llevo la secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Táchira del año 1.951, actuando con el carácter de DEMANDANTE, mediante la cual SOLICITA se ordene el DESISTIMIENTO del procedimiento de COBRO DE BOLIVARES PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN (PAGARE); este Tribunal observó que; el actor expuso: "consigna la comisión sin cumplir, emanada de este Juzgado .....