En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Decreta el ejecútese y ordena imponer de la sanción dictada en fecha 07 de Diciembre de 2.009, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, mediante la cual fue revisada la medida de Privación de Libertad impuesta al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; a quien se le fue sustituida dicha medida privativa de libertad, por las medidas de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA HASTA EL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010; por la comisión de los delitos de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 último aparte de la Ley Orgánica contra el Tráf.....