Con vista de tales circunstancias, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de fecha primero (1°) de febrero de 2016, que disolvió el vínculo matrimonial que unía a la ciudadana MARÍA FATIMA DE SOUSA FERNÁNDEZ con el ciudadano ANTONIO ADRIANO DE JESÚS ANDRADE, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-4.562.699 y V-10.820.898, respectivamente ,dictada por ante el Juzgado de Circuito del Décimo Séptimo Circuito Judicial en y por el Condado Broward, Florida.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.