DECLARA INADMISIBLE la recusación interpuesta por el abogado FELIPE SANTIAGO ABOUNDANEN, en contra de la Juez YARLENY MARTIN BENITEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 92 y 93 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo continuar la Juez referida el conocimiento de la causa principal seguida a la ciudadana ZAIDA DEL CARMEN FIGUEREDO HERNANDEZ, , para lo cual deberá proceder a recabar la causa en original en el Tribunal de Juicio que por vía de distribución le haya correspondido.