Por lo anteriormente expuesto es por lo que este Tribunal se declara INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE DEMANDA, y declina su competencia para conocer de la presente acción, ordenando remitir las actuaciones al Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso y Administrativo de la Región los Andes con Sede en Barinas. Publíquese.