En base a las razones y fundamentos expuestos, y en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento; En consecuencia el Acta de nacimiento No.3811 de fecha 3 de octubre de 1969, asentada originalmente en los libros de Registro Civil del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal, actualmente Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; perteneciente al de cujus "EDUARDO JOSE ELCOCK ALARCON"; queda rectificada en el sentido que el nombre de su padre es EDUARDO JOSE ELCOCK JIMENEZ, Y NO como erróneamente aparece en dicha acta es decir, PEDRO EDUARDO ELCOCK JIMENEZ; Líbrense oficios respectivos anexándose copia certificada de la presente sentencia, a los fines de que la misma .....