En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: La confesión ficta del demandado: CARLOS CARDENAS VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.467.401.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el Abogado RAFAEL ENRIQUE BONILLA GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.311.889, apoderado judicial de la ciudadana FANNY EDID BONILLA, en contra del Ciudadano CARLOS CARDENAS VASQUEZ, por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE.
TERCERO: En consecuencia el demandado, CARLOS CARDENAS VASQUEZ -ya identificado-, debe entregar totalmente desocupado libre de personas y de cosas el inmueble que ocupa en su condición de inquilino ubicado en la avenida 10, Nº 10-55 entre calles 10 y 11 frente a la plaza Bolívar, Municipio Junín del Estado T.....