PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, sin más datos de identificación aparente, por la "presunta" comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS, previstas en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, cometida en perjuicio del Ciudadano FRANKLIN MARQUEZ, al no haber bases para sustentar fundadamente su enjuiciamiento conforme a lo preceptuado en el 561 literal "d" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal (Existiendo dudas sobre la comisión del hecho punible).
SEGUNDO: Notifíquese a la víctima, y a las partes de la decisión recaída en el presente asunto.
Regístrese, Publíquese, y déjese copia autorizada, Dada, firmada y sellada, en la Ciudad de la Guaira, a los Veinti Ocho (28) días del mes de abril de Dos mil catorce (2014). Año 204º y 155º de la Federación. CUMPLASE.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. JO.....