En base a todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar la Prescripción de la Acción invocada por la Sociedad Mercantil Expresos Occidente C.A. SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar La Demanda incoada por el ciudadano Félix Alvarino Arellano Salcedo, en contra de la Sociedad Mercantil Expresos Occidente C.A, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.