DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de recurso, interpuesta por el Abg. JUAN GUEVARA, Defensor Público Segundo del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a favor del joven IDENTIDAD OMITIDA, todo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 257, 285 numeral 4to de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con el Articulo 13 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.