DECLARA CON LUGAR la cuestión previa dispuesta en el numeral 8 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada ciudadano MIGUEL HUMBERTO URTADO ALZATE, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-17.297.073 y de este domicilio, en el juicio intentado por la abogada ANA MIREYA RUÍZ SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.686.727 e inscrita en el I.P.S.A. bao el N° 44.312, actuando con el carácter de administradora del inmueble objeto del presente litigio, según poder de administración otorgado ante la Notaría Pública Quinta de Valencia en fecha 17 de mayo del 2002, anotado bajo el N° 19, tomo 78, el cual riela a los folios 04 al 06 del expediente contra el ciudadano MIGUEL HUMBERTO URTADO ALZATE, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-17.297.073 y de este domicilio. En consecuencia, este Tribunal conocerá el fondo de la presente acción una.....