Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos IRANA JOSE DIAZ RODRIGUEZ Y JORGE DANIEL OTALVAREZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-26.683.000 y V-26.131.871, respectivamente, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentada bajo el N°004 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.