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Decisiones del dia 28/09/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 3766-10 N° Sentencia : 1978 Fecha: 28/09/2010
Procedimiento:
Acto Conciliatorio Por Obligación De Manutención
Partes:
MARIA GREGORIA LEON DE VILLAMIZAR - PEDRO VILLAMIZAR LIZCANO
Resumen:
Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Ciudadano PEDRO VILLAMIZAR LIZCANO, quien manifestó: "Que ofrezco como obligación de manutención la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300°°) y cuotas extraordinarias para los meses de septiembre y diciembre en la cantidad de ochocientos bolívares (Bs. 800°°), cantidades que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario, de la cual estoy tomando debida nota". Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARIA GREGORIA LEON DE VILLAMIZAR, quien manifestó: "Estoy de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hija" Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos de medicina y medico, deben ser compartidos en igual de condiciones es decir, 50% por cada uno de los progenitores.En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA.....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
arriba

N° Expediente : 3802-10 N° Sentencia : 1980 Fecha: 28/09/2010
Procedimiento:
Divorcio Por Ruptura Prolongada
Partes:
GLADYS JURADO DE JIMÉNEZ - JOSÉ DEL CARMEN JIMÉNEZ CONTRERAS
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA El artículo 185-A del Código Civil Venezolano, establece: Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audie.....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
arriba

N° Expediente : 3807-10 N° Sentencia : 1982 Fecha: 28/09/2010
Procedimiento:
Divorcio Por Ruptura Prolongada
Partes:
YSLEY DE LAS ANGUSTIAS MENDOZA SUÁREZ - GERMAN ALEXANDER GUEVARA GUTIÉRREZ
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA El artículo 185-A del Código Civil Venezolano, establece: Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audie.....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
arriba

N° Expediente : 3806-10 N° Sentencia : 1981 Fecha: 28/09/2010
Procedimiento:
Divorcio Por Ruptura Prolongada
Partes:
JORGE ALBERTO AGUILAR PARRA - LILIANA HELENA FUENTES DE AGUILAR
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA El artículo 185-A del Código Civil Venezolano, establece: Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audie.....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
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