Este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a los artículo 2 y 26 Constitucional y 12 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO POR PARTE de los ciudadanos EPIFANIO GOMEZ MERCHAN y CARMEN ALICIA QUINTERO LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. V-2.286.076 y V-3.795.657 debidamente asistidos por la Abogado DARCY BERKELY SOLANO YAÑEZ, titular de la cédula de identidad No. V-18.880.247 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 248.869, EL CONTENIDO Y LA FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO DE VENTA, que aparece inserto al folio 2 del expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, en tal virtud, se acuerda el Desglose del Documento Privado y del folio 3 a los.....