EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerdó:
PRIMERO: ADMITIR la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada SAMIA HARB AYOUBI, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la empresa MUEBLES HAPPY C.A., representado por el ciudadano SAID ABDOULGHANI HARB SOUKAR, contra la sentencia dictada en fecha 17 de septiembre de 2010, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y tramitarlo por el procedimiento oral, público, breve y gratuito, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, jurisprudencialmente desarrollado por el Tribunal Supremo de Justicia en fecha primero de febrero de 2000. SEGUNDO: ORDENA notificar al Ju.....