PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato intentada por los ciudadanos ANGEL EMIRO QUIJANO BARROSO, y EVA MARIA RODRIGUEZ BARROSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 10.748.775 y V- 12.344.126, de este domicilio, contra SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES TREBOL C.A., inscrita en el Registro Mercantil del Estado Táchira bajo el Tomo 14-A, del 13/09/1991, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, representada por la ciudadana PERLA BOLIVAR NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 9.127.381, de este domicilio, con su carácter de Presidente.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada PERLA BOLIVAR NIETO, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil Inversiones Trébol C.A., a otorgar el documento definitivo de venta de la casa signada con el No. 37, ubicada en el Conjunto Residencial Trebolinda, entre la Avenida Rotaria y la Cota Mil del Municipio San Cristóbal, Parroquia La Concord.....