Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DEL LAPSO DE PRESENTACIONES, del ciudadano VIVAS RAMÍREZ FRANCISCO ANTONIO, quien dice ser (no presento ningún documento que lo identifique) de nacionalidad venezolana, natural de la Rinconada, Estado Táchira, nacido en fecha 11 de Diciembre de 1976, de 31 años de edad, hijo de Francisco Antonio Vivas (f) y de Soila Rosa Rodríguez (v), titular de la cédula de identidad No. V-13.711.631, soltero, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en el barrio 13 de Abril, calle 3, No. 57, al frente de una bodega, Ureña, Estado Táchira teléfono 0426-375.41.57, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la L.....