"...PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente solicitud, en virtud de que en la presente la solicitante de por si es una adolescente y por Ley en toda causa en la cual se sostengan, defiendan e invoquen derechos relativos a niños, niñas y adolescentes, los competentes son los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes..."