Por todos los razonamientos antes expuestos y en virtud de las probanzas en el presente juicio, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana SOL DE ANDE SANCHEZ, a través de su apoderada judicial abogada IRIS SOLANLLE ALBARRAN PEREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 80.443, según poder Apud acta que riela inserto al folio 10 del presente expediente contra la ciudadana CARMEN ALIDA GUERRERO DE COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.620.757, de este domicilio. En efecto:
SEGUNDO: Se le ordena a la parte demandada a entregar a la parte demandante el inmueble arrendado consistente en una casa propiedad de la parte demandante, ubicada en la calle 11 No 3-37 de San Cristóbal Estado Táchira, completamente pintad.....