PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la pretensión de Aumento de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana YAMILDE VILLAMIZAR BRACHO a favor de su hijo el niño DAVID ALFREDO BALLEN VILLAMIZAR y de su hija la niña DAVIANNY ALESSANDRA BALLEN VILLAMIZAR, en contra del ciudadano ALFREDO JOSE BALLEN PRATO; todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ajusta la Obligación de Manutención que el ciudadano ALFREDO JOSE BALLEN PRATO debe cubrir a favor de sus hijos DAVID ALFREDO BALLEN VILLAMIZAR y DAVIANNY ALESSANDRA BALLEN VILLAMIZAR, en la cantidad de SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCO CÉNTIMOS (Bs.784,5) mensuales; lo que representa el 30% de un Salario Mínimo Mensual Integral para la fecha del presente fallo; cantidad que debe ser transferida dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes, en la Cuenta del Banco Sofitasa No.01370036240000894642 a nombre de la identificada progenitora accionante.
TERCERO: Como Cuota Extraordinaria p.....