Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana: MARIA ALEJANDRA PARRA M., abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.432, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora mediante la cual solicita se decrete la ejecución forzosa de la sentencia; este Tribunal visto que se encuentra vencido el lapso para que la demandada proceda a dar cumplimiento voluntario de la sentencia dictada por este Juzgado, decreta la ejecución forzosa de la misma el cual fue dictada el 19 de Diciembre de 2007, y en consecuencia conforme lo dispuesto en el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil se decreta ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA a la parte actora libre de bienes y personas el inmueble constituido por: Un Apartamento distinguido y ubicado en el quinto piso, letra 5-B, del Edificio "RESIDENCIAS CORAL SUITES", Avenida Sur del Yacht Club y Bahía Sur de la Urbanización Caribe, Bloque numero Treinta y Siete (37), parcela numero Ocho (08), Jurisdicci.....