Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por Resolución de Contrato de Venta, fue interpuesta por DORAIMA CÁRDENAS DUQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nos. V.- 15.862.369, de este domicilio y hábil, asistida por el Abogado JOSÉ GILBERTO GUERRERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.903.876, Inpreabogado 16.157, de este domicilio y hábil; en contra de la Ciudadana ANA TERESA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.343.857, de este domicilio y hábil. SEGUNDO: En virtud de tal declaratoria con lugar se declara resuelto j.....