En fecha 24 de abril de 2013, comparecieron los ciudadanos: NEIDEMAR PERNÍA BUSTAMENTE y LUIS BALDAZAR SÁNCHEZ VARILLAS; quienes manifestaron que actualmente las beneficiarias: K.M. y Y.D.S.P., no se encuentran estudiando y además cada una de ellas se emanciparon al tener marido; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta fecha 24 de abril de 2013, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente