PRIMERO: ADMITE los recursos de revisión interpuestos por el penado PAULO MANUEL FERNÁNDES LÓPES, titular del Pasaporte de la Republica Portuguesa Nº J994811 y ARMANDO DAVID GUIÑAN GARCÍA, en su carácter de defensor Público Duodécimo Penal Ordinario en Fase de Ejecución del estado Vargas, en razón de la sentencia definitivamente firme publicada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en fecha 07/12/2009, en la que fue CONDENADO a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISION, COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICITROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Se ACUERDA suprimir la celebración de la audiencia oral y pública a que se contrae el primer aparte del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, ello a tenor de l.....