Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanas: AILEN MARQUEZ GURRERRO y OLGA MARQUEZ GUERRERO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 8.488.039, y V- 10.171.448, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el Ciudadano: JOSÉ BERNABE PINTO MOROS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.429.290, asistido por el abogado DAVID FERNANDO DURAN SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.511, en el cual exponen que el día 06 de Octubre 2.013 falleció quien fuera su Conyugue Ciudadana: GLORIA MARINA PARRA DE PINTO, quien era titular de la cédula de identidad N° V- 3.997.226, según certificación expedida por el Dr. Fernando de Jesús Marquez Añez, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 993, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia San Juan Bautista, .....